Decreto de 1 de julio de 1931 disponiendo sea de ocho horas diarias la duración máxima legal de la jornada de trabajo 2 Jul 02-07-1931 ↓ Descargar Archivo Comparte esto:Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) Relacionado