INSTRUCCIONES de 12 de febrero de 1997, de la Presidencia ejecutiva del INSALUD, sobre vacaciones, permisos y licencias de los Directores Gerentes de Atención Primaria y Atención Especializada

12 Feb

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Como consecuencia de la inexistencia de una norma que. de forma expresa, regule el procedimiento que deben seguir los Directores Gerentes de Atención Primaria y Atención Especializada del INS ALUD. en la trami­ tación de los permisos y licencias que reglamentariamente les correspon­ den, así como de las comisiones de servicio para asistir a cursos. congresos, etc, se vienen empleando cauces distintos en las diferentes Direcciones Provinciales que se considera necesario unificar.

En consecuencia esta Presidencia Ejecutiva ha resuelto dictar las siguientes

I N S TRU C C I O N E S P V AC ACIONES, PE RM ISOS Y LICENCI AS

1.1. Norma general

Los Directores Gerentes de Atención Primaria y Atención Especializada del INS ALUD tienen derecho al disfrute de un mes de vacaciones anuales que se autorizarán atendiendo a las necesidades del servicio.

Respecto del resto de los permisos y licencias. se tendrá en cuenta el carácter de dedicación exclusiva y la naturaleza de alta dirección de las funciones que les han sido encomendadas.

1.2. Tramitación

La solicitud de autorización de las vacaciones, permisos y licencias, deberá remitirse al correspondiente Director Provincial. de forma escrita y con una antelación de 15 días. En supuestos exepcionales, para el caso de permisos y licencias. podrá reducirse este plazo hasta 72 horas.

La autorización o denegación motivada se efectuará de forma escrita en el plazo de dos días.

2.a ASISTENCIA A CURSOS, JORNADAS Y CONGRESOS 2.1. Celebrados dentro del territorio nacional

La asistencia de los Directores Gerentes a cursos. jornadas. congresos, visitas. reuniones. etc, que se celebren dentro del territorio nacional. deberá ser autorizada por el Director Provincial correspondiente de forma expresa y por escrito.

Estas autorizaciones tendrán la consideración de comisiones de servicio con derecho a indemnización. en las condiciones establecidas por el RO 236/88 de 4 de marzo. sobre indemnizaciones por razón del servicio y la O.M. de8.11.94.

2.2. Celebrados en el extranjero

La autorización para la asistencia a cursos. jornadas. congresos. visitas, etc.. que se celebren en el extranjero deberá ser solicitada a través del Director Provincial al Presidente Ejecutivo del INSALUD, que la autorizará de forma expresa y por escrito.

Estas autorizaciones tendrán la consideración de comisiones de servicio con derecho a indemnizaciones en las condiciones legalmente establecidas.