Como consecuencia de la inexistencia de una norma que. de forma expresa, regule el procedimiento que deben seguir los Directores Gerentes de Atención Primaria y Atención Especializada del INS ALUD. en la trami tación de los permisos y licencias que reglamentariamente les correspon den, así como de las comisiones de servicio para asistir a cursos. congresos, etc, se vienen empleando cauces distintos en las diferentes Direcciones Provinciales que se considera necesario unificar.
En consecuencia esta Presidencia Ejecutiva ha resuelto dictar las siguientes
I N S TRU C C I O N E S P V AC ACIONES, PE RM ISOS Y LICENCI AS
1.1. Norma general
Los Directores Gerentes de Atención Primaria y Atención Especializada del INS ALUD tienen derecho al disfrute de un mes de vacaciones anuales que se autorizarán atendiendo a las necesidades del servicio.
Respecto del resto de los permisos y licencias. se tendrá en cuenta el carácter de dedicación exclusiva y la naturaleza de alta dirección de las funciones que les han sido encomendadas.
1.2. Tramitación
La solicitud de autorización de las vacaciones, permisos y licencias, deberá remitirse al correspondiente Director Provincial. de forma escrita y con una antelación de 15 días. En supuestos exepcionales, para el caso de permisos y licencias. podrá reducirse este plazo hasta 72 horas.
La autorización o denegación motivada se efectuará de forma escrita en el plazo de dos días.
2.a ASISTENCIA A CURSOS, JORNADAS Y CONGRESOS 2.1. Celebrados dentro del territorio nacional
La asistencia de los Directores Gerentes a cursos. jornadas. congresos, visitas. reuniones. etc, que se celebren dentro del territorio nacional. deberá ser autorizada por el Director Provincial correspondiente de forma expresa y por escrito.
Estas autorizaciones tendrán la consideración de comisiones de servicio con derecho a indemnización. en las condiciones establecidas por el RO 236/88 de 4 de marzo. sobre indemnizaciones por razón del servicio y la O.M. de8.11.94.
2.2. Celebrados en el extranjero
La autorización para la asistencia a cursos. jornadas. congresos. visitas, etc.. que se celebren en el extranjero deberá ser solicitada a través del Director Provincial al Presidente Ejecutivo del INSALUD, que la autorizará de forma expresa y por escrito.
Estas autorizaciones tendrán la consideración de comisiones de servicio con derecho a indemnizaciones en las condiciones legalmente establecidas.